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Lawful Permament Residents - Green Card Holders, A Supplement to First Steps, in Spanish, LIRS

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Residentes
permanentes
legales
(TITULARES DE TARJETAS VERDES)
Complemento para los Primeros pasos: una guía del LIRS
(Lutheran Immigration and Refugee Service, Servicio
Luterano de Inmigración y Refugiados) para refugiados,
solicitantes de asilo y emigrantes puestos en libertad

Edición 2014

RESIDENTES
PERMANENTES LEGALES

Servicio Luterano de Inmigración y Refugiados 2014
Iniciado por comunidades luteranas en 1939, el Servicio Luterano de Inmigración
y Refugiados (LIRS) es una organización nacional que acompaña a los emigrantes
y los refugiados a través de los ministerios de servicio y justicia, y transforma
las comunidades estadounidenses al garantizar que los recién llegados no solo
sean autosuficientes, sino que también se conviertan en miembros conectados y
contribuyentes para sus comunidades adoptivas en los Estados Unidos.
La información en este manual puede reproducirse con la siguiente nota: Reimpreso
con el permiso de la red de Soporte Legal de los Detenidos Sobrevivientes a la
Tortura, un programa del Servicio Luterano de Inmigración y Refugiados.
Para obtener más información o hacer pedidos al por mayor, comuníquese con:
firststeps@lirs.org
LIRS.org
Impreso por LIRS Press
Impreso en los EE. UU.

E

ste recurso proporciona información específica sobre
los derechos, responsabilidades y beneficios para
los residentes permanentes legales (LPR), también
conocidos como extranjeros residentes permanentes, residentes
permanentes lícitos y titulares de tarjetas verdes.
Está pensado para complementar la publicación titulada LPR,
Primeros pasos: guía de LPR para los refugiados, solicitantes de
asilo y emigrantes puestos en libertad. Este documento proporciona
información breve y relacionada con el estado para los LPR. No
obstante, se recomienda consultar la guía de Primeros pasos, a la que
se hace referencia aquí como “la Guía”, para obtener información
más detallada y recursos. Está disponible en www.lirs.org/firststeps.
Para obtener información más detallada sobre los temas que
aparecen en esta publicación, consulte las siguientes secciones
de la Guía:
•	

Sección Uno para obtener información general,

Número Internacional Estandarizado de Libros: 978-0 -9908689-0-3

3

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

•	

•	

•	

consejos y recursos para vivir en los Estados Unidos.
como inmigrante, incluyendo qué hacer en caso de una
emergencia y cómo encontrar recursos importantes.
Sección Dos para detalles acerca de los derechos legales
y responsabilidades, incluida la información sobre los
servicios legales, las consecuencias de inmigración de
las condenas penales, sus derechos en el momento de
ser arrestado o detenido y los requisitos para cambiar
la dirección, entre otros temas.
Sección Tres para obtener información sobre los servicios
y necesidades básicas, incluyendo detalles sobre los
beneficios, asistencia médica, educación y vivienda.
Sección Cuatro para obtener información en los procesos
de integración y apoyo de la comunidad, incluidos
los grupos religiosos y culturales, apoyo emocional,
consejos financieros y listas de recursos útiles incluidos
los servicios legales.

Importante: Esta guía proporciona información acerca de la ley; sin
embargo, siempre debe consultar con un abogado si tiene preguntas
de carácter legal. No confíe en esta guía en lugar de buscar el
asesoramiento de un abogado. Este recurso tiene información
acerca de cómo buscar un abogado.

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
en los Estados Unidos siempre que no cometa delitos particulares
o viole los términos de su estado.
Si es un LPR, el gobierno de los Estados Unidos le permite
•	

•	

•	

•	
•	
•	

Como un LPR, debe
•	
•	

¿Qué significa “residente permanente legal”?

•	

El término “residente permanente legal”, también conocido
como “LPR”, tiene el mismo significado que la palabra “extranjero
residente permanente”, “residente permanente lícito” y “titular
de tarjeta de residencia”. Las tarjetas verdes se solían imprimir en
papel de color verde, pero ya se dejó de hacerlo. Si es un LPR, el
gobierno de los Estados Unidos le permite vivir permanentemente

•	

4

Vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos,
siempre y cuando cumpla con los requisitos de su
estado, que incluye renovar su tarjeta de residencia y
no cometer delitos
Trabajar en cualquier lugar de los Estado Unidos (excepto
trabajos determinados que requieran la ciudadanía de
los Estados Unidos)
Postular para convertirse en ciudadano de los Estados
Unidos una vez que es apto (generalmente después
de cinco años)
Tener una propiedad en los Estados Unidos
Viajar dentro y fuera del país (con algunas restricciones)
Tener protección bajo la ley de los Estados Unidos

•	

Obedecer todas las leyes de los Estados Unidos
Presentar los impuestos sobre la renta e informar todos
los ingresos al gobierno federal y estatal
Si es hombre y tiene entre 18 y 25 años, registre con
el Cambio de servicio selectivo
Cambie su dirección en línea o por escrito al
Departamento de Seguridad del Territorio Nacional
(DHS, por sus siglas en inglés) dentro de los 10 días en
cualquier momento de su mudanza
Renovar la tarjeta de residencia cuando está a punto
de caducar

5

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

Importante: El estado LPR no siempre es “permanente.” Miles de
inmigrantes con estado PRL, incluyendo a los refugiados y asilados,
se retiran (deportados) cada año a causa de una condena penal.
A menos que haya obtenido la ciudadanía de los Estados Unidos,
podría ser retirado debido a una condena penal.

Los pasos para convertirse en un LPR varían por estado y según
las opciones disponibles para usted. Independientemente de su
condición, todos deben completar una I-485, Solicitud para registrar
la residencia permanente o el ajuste de estado. Puede solicitar
la versión más reciente del Formulario I-485 llamando a USCIS al
1-800-870-3676 o puede obtener el formulario en línea en www.
uscis.gov/i-485. Si puede, obtenga ayuda de un representante
acreditado de BIA o un abogado.

Ser un LPR es un primer paso necesario antes de convertirse en
ciudadano de los Estados Unidos. Puede postular para la ciudadanía
de los Estados Unidos tras cumplir ciertas condiciones, generalmente
por cinco años, como LPR. A continuación se muestran los detalles.

Cómo convertirse en un residente permanente legal
Si está leyendo esto, es probable que ya tenga su tarjeta de
residencia, así que siéntase libre de pasar directamente a la siguiente
sección. Esta sección contiene información básica acerca de cómo
convertirse en un LPR. Sin embargo, si no tiene su tarjeta de
residencia y desea obtener información más detallada que lo ayude
a saber si puede postular y cómo hacerlo, consulte el Capítulo 10,
“Cómo obtener su tarjeta de residencia en la Guía.

¿Cómo puedo verificar el estado de mi solicitud para
la tarjeta de residencia?
Si tiene una aplicación pendiente de una tarjeta de residencia pero
no sabe el estado, verifique el estado de su caso en https://egov.
uscis.gov/cris/Dashboard/CaseStatus.do. También puede llamar
al Centro de atención al cliente nacional de USCIS al 1-800 -3755283. Probablemente se le pedirá su nombre, fecha de nacimiento,
el número A y el número de recibo de la solicitud en trámite. Si
nunca recibió un número de recibo, el USCIS probablemente no
haya recibido su solicitud.

Postular para convertirse en un LPR se denomina “ajuste de estado”
o “AOS (por sus siglas en inglés).” En primer lugar, debe averiguar si
es elegible para ajustar y los criterios de selección son muy estrictos.
Las rutas principales para solicitar el estado de LPR son a través
del patrocinio familiar (ciertas relaciones familiares con ciudadanos
de los Estados Unidos o LPR), el patrocinio de empleo, estatuto
humanitario (que incluye a refugiados, asilados y otros estados
basados en la protección), o en uno de otras varias categorías
especiales. Consulte el Capítulo 10 para obtener más información
sobre la elegibilidad. Consulte también www.uscis.gov/green-card/
green-card-processes-and-procedures/green-card-eligibility.

¿Cómo puedo renovar o sustituir mi tarjeta de
residencia?

6

7

La mayoría de las tarjetas verdes son válidas por 10 años. Debe
renovar su tarjeta de residencia si está vencida o si vence dentro
de los próximos seis meses. Puede iniciar el proceso de renovación
seis meses antes del vencimiento de su tarjeta.
Debe postular para sustituir su tarjeta de residencia si la perdió, se
la robaron o si está dañada. Debe también renovar su tarjeta de
residencia si su nombre, o cualquier otra información en la tarjeta,
ha cambiado.

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

Para renovar o reemplazar su tarjeta de residencia, presente el
Formulario I-90, Solicitud para sustituir la tarjeta de residente
permanente. Asegúrese de leer las instrucciones primero en www.
uscis.gov/sites/default/files/files/form/i-90instr.pdf. Puede realizar
una de las siguientes acciones:

ciudadanos de los Estados Unidos no pueden ser deportados. La
información acerca de cómo naturalizarse aparece a continuación.

•	
•	

Presentar la petición en línea en www.uscis.gov/e-filing-i-90,
o
Imprimir el formulario en papel en www.uscis.gov/sites/
default/files/files/form/i-90.pdf y enviarlo por correo
electrónico a USCIS.
Si utiliza el Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS,
por sus siglas en inglés), envíelo a:
USCIS
P.O. Box 21262
Phoenix, AZ 85036
Si utiliza un mensajero/correo expreso de USPS, envíelo a:
USCIS
Atención: I-90
1820 E. Skyharbor, Circle S, Floor 1
Suite 100
Phoenix, AZ 85034

Importante: Nota para los Residentes permanentes condicionales
Algunas personas tienen “residencia permanente condicional”, un tipo
de residencia permanente que dura inicialmente por un período de
dos años y se debe cambiar al final de este período para convertirse
en permanente. Es posible que haya tenido el estado condicional si
estuvo casado por menos de dos años cuando recibió su tarjeta de
residencia, o si obtuvo la tarjeta de residencia por ser un inversor.
Esto significa que su estado de LPR tiene solo dos años de duración
y debe presentarse para “quitar la condición” dentro los 90 días
antes de que termine el período de dos años y su estado caduque,
o perderá su condición de LPR. Cuando postula para eliminar
el estado condicional, si su solicitud es aprobada, obtendrá la
condición de LPR regular.
Para quitar el estado condicional si ha recibido su estado en base
al matrimonio, presente el Formulario I-751, Petición para eliminar
las condiciones de la residencia. Encontrará el formulario y las
instrucciones en www.uscis.gov/i-751.

Nota: Aunque su tarjeta de residencia dura 10 años y se puede
renovar a partir de ese momento, puede optar por convertirse en
un ciudadano de los Estados Unidos (“naturalizarse”) después de
haber tenido el estado de LPR por cinco años. Hay muchas ventajas
a la hora de postular para la ciudadanía incluyendo el acceso a
más puestos de trabajo, beneficios, derechos civiles, como la
capacidad de voto y la capacidad de traer más miembros de la
familia más rápidamente, entre otros. Además, mientras que los LPR
pueden perder su condición y ser deportado por ciertos delitos, los

Para quitar el estado condicional si ha recibido su estado en base
a un emprendimiento, presente el Formulario I-829, Petición para
eliminar las condiciones de la residencia. Encontrará el formulario
y las instrucciones en www.uscis.gov/i-829.

8

9

Importante: Si es un residente permanente que tiene 18 años o más,
debe llevar su tarjeta de residencia con usted en todo momento.
Debe hacer una fotocopia de la tarjeta de residencia y guardarla
en un lugar seguro en su casa.

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

¿Cómo puedo asegurarme de mantener mi condición
de residente permanente legal?

Actividad delictiva
Puede perder su condición de residente permanente legal
(su tarjeta de residencia) si comete determinados delitos que
hagan que pueda ser retirado. Muchos delitos lo pueden retirar
de los Estados Unidos, por lo que es mejor saber y obedecer
la ley en todo momento. Incluso cosas de menor importancia,
como no pagar la tarifa del bus o del metro, pueden amenazar
su condición. Consulte la Guía, Capítulo 4, “¿Cuáles son las
consecuencias de inmigración de las condenas delictivas?” para
obtener información importante.

A pesar de que su estado es “permanente”, la permanencia depende
de su cumplimiento de la ley y las condiciones de su estado.
Abandono
El gobierno puede descubrir que abandonó su estado de residente
permanente y cancelará su estado y le quitará su tarjeta de
residencia, si hace cualquiera de las siguientes cosas:
•	
•	

•	

•	
•	

Trasladarse a otro país (el gobierno probablemente
asumirá que va a vivir allí para siempre).
Viajar fuera de los Estados Unidos y permanecer en el
extranjero por más de un año sin obtener un permiso
de reingreso o una visa de regreso para residentes.
(Sin embargo, el gobierno puede determinar que ha
abandonado su estado si permanece fuera de los
Estados Unidos por incluso menos de un año, por
lo que es recomendable que hable con un abogado
antes de planificar un viaje de seis meses o más, o que
simplemente evite viajes largos.)
Permanecer fuera de los Estados Unidos durante más de
dos años después de obtener un permiso de reingreso,
sin conseguir una visa de regreso para residentes. (Una
vez más, no se recomiendan este tipo de viajes tan
largos hasta que tenga la ciudadanía.)
No presentar la declaración del impuesto sobre la renta,
incluso mientras vive fuera de los Estados Unidos.
Declararse como “no inmigrante” en su declaración
de impuestos.

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Importante: Si ha sido detenida y acusada o condenada por
actividades delictivas, es probable que necesite un abogado
de inmigración y un abogado defensor. Asegúrese de que
su abogado penal conozca su estado de inmigración, de lo
contrario, él o ella podría recomendar que se tomen medidas que
pueden llegar a perjudicar su estado. Pídale a su abogado de
inmigración que se comunique con su abogado penal defensor
para asegurarse de que ambos tienen toda la información que
necesitan para ayudarlo.
Para obtener una lista de los proveedores de servicios legales
de inmigración gratuitos o de bajo costo en su estado, visite los
siguientes sitios web:
•	

•	

AILA (American Immigration Lawyers Association,
Asociación estadounidense de abogados de
inmigración), Servicio de Referencia de Abogados de
Inmigración: www.ailalawyer.com, (202-216 -2400)
Asociación Nacional de Abogados, Proyecto Nacional
de Inmigración: www.nationalimmigrationproject.org,
(617-227 -9727)

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
•	
•	

Ayuda sobre la Ley de Inmigración: www.
immigrationlawhelp.org (buscar por estado)
Lista de Proveedores de Servicios Jurídicos Gratuitos
de la EOIR: www.justice.gov/eoir/probono/states.htm
(buscar por estado)

Para obtener más información, consulte la Guía, Capítulo 3, “Servicios
de asistencia legal y tribunal de inmigración”, para obtener más
información sobre cómo encontrar servicios legales. También puede
ver una lista de las organizaciones legales, enumeradas por estado,
en el Capítulo 27, “Directorio de proveedores de servicios legales
de inmigración”.

¿Cuáles son mis derechos si estoy detenida?
Es muy importante que sepa cuáles son sus derechos si es arrestada.
Lea la Guía, en el Capítulo 5, “ ¿Cuáles son sus derechos si ha sido
detenida?” un breve resumen a continuación.
Derecho a permanecer en silencio
Si la policía, la ICE, la Oficina Federal de Investigaciones (Federal
Bureau of Investigations, FBI) o cualquier agente encargado del
cumplimiento de la ley se le acerca por un asunto penal, tiene
derecho a permanecer en silencio. Esto significa que no tiene
que responder a las preguntas hasta que hable con su abogado.
Sin embargo, no tendrá derecho a mentir a la policía o los
agentes de inmigración. Este es un delito y podría resultar en su
expulsión y su incapacidad para volver a los EE. UU. Si no desea
responder a las preguntas, es muy importante que no mienta
y, en su lugar, pida hablar con un abogado antes de contestar
cualquier pregunta.

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
Derecho a ser libre de “incautaciones y allanamientos
irrazonables”
Si la policía la para en la calle, un funcionario puede cachearla,
lo que significa tocar la ropa para ver si está llevando algo ilegal.
Si lo detienen en su coche, pueden buscar sin una orden judicial
si tienen una buena razón para sospechar actividad ilegal. Por lo
general, para buscar o entrar en su casa, la policía debe mostrar
una orden. Si no la tienen, no debe dejarlos entrar. Incluso si tienen
una orden y entran, todavía tiene el derecho de permanecer en
silencio.
¿Qué pasa si me detiene el ICE (Inmigración y Control de
Aduanas)?
Los funcionarios del ICE pueden pedir ver su documentación
inmigratoria. Muéstreles su tarjeta de residencia. Si no lo hace,
lo pueden arrestar. No mienta acerca de su situación, o presente
documentos falsos o documentos que pertenecen a otra persona.
No firme nada, en especial, una “orden de salida voluntaria” o
cualquier cosa que admita que utilizó identificación o documentos
de viaje falsos, sin hablar con un abogado primero.
Si el ICE la detiene, pueden decidir iniciar los procedimientos de
expulsión (deportación), activar una antigua orden de expulsión (si
tiene una contra usted), detenerla bajo custodia o liberarla. La ICE
debe tomar esta decisión dentro de las 48 horas de su detención.
Si no es así, solicite una lista de asistencia jurídica gratuita.
¿Cómo puedo obtener mis pertenencias una vez que me dejan
en libertad?
Si fue detenido en los centros de detención de inmigrantes, es
posible que tenga que tomar varias medidas para obtener sus

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

pertenencias. Consulte el Capítulo 6, “Cómo hacer para obtener su
propiedad personal después de que ha sido liberado”, en la Guía.

extranjero, que puede encontrar en www.uscis.gov/i-130. Debe
incluir evidencia que demuestra su estado de LPR (como una copia
de su tarjeta de residencia), y evidencia que demuestra su relación,
como un certificado de nacimiento o de matrimonio. También debe
incluir una tasa de inscripción de $420. Para obtener instrucciones
detalladas sobre cómo y dónde postular, así como otras pruebas
que puede ser necesario incluir, consulte las instrucciones de USCIS
en www.uscis.gov/sites/default/files/files/form/i-130instr.pdf.

¿Qué debo hacer cuando cambio mi dirección?
Todos los no ciudadanos, incluidos los LPR, deben notificar a USCIS
cuando se mudan. Debe notificar a USCIS dentro de los 10 días de
haber cambiado su dirección. De lo contrario, podría ser arrestada,
recibir una multa, estar obligada a servir un tiempo en la cárcel y
posiblemente ser deportada. Para notificar a USCIS de su cambio
de dirección, rellene el Formulario AR-11, Cambio de dirección,
que puede encontrar en: www.uscis.gov/ar-11.
Tenga en cuenta que si tiene un caso abierto ante un Tribunal
de inmigración o BIA, también debe notificar al sistema judicial
que se está mudando. Debe notificarlos dentro de los cinco días
siguientes a su traslado. Puede obtener el formulario de cambio
de dirección de la Corte de Inmigración o en línea en www.justice.
gov/eoir/eoirforms/eoir33/ICadr33.htm si su caso es ante un tribunal
de inmigración y www.justice.gov/eoir/eoirforms/eoir33bia.pdf si
su caso es ante la BIA.
Para obtener más información, consulte el Capítulo 8, “Lo que
debe hacer cuando cambia de dirección”, en la Guía.

¿Me puedo reunir con mi familia?
Como un LPR, puede postular para traer a su cónyuge (esposo o
esposa) o hijos solteros de cualquier edad a los Estados Unidos.

Una vez que USCIS aprueba su I-130, la aplicación se envía al
Centro Nacional de Visas, que pone a sus familiares en una fila
de personas del mismo país que también tienen el mismo tipo de
relación (esposo, esposa o hijo) de ese país. Esta fila puede ser
muy larga y tarda años en pasar, por lo que es mejor postular tan
pronto como pueda. Puede ver la sección “Boletines de visa” en
el sitio web del Departamento del estado para ver los tiempos
de espera actuales aproximados: http://travel.state.gov/content/
visas/english.html. Una vez que su familiar llega al principio de la
fila, el Centro nacional de visados comenzará a procesar el caso y
le dará las instrucciones para enviar los honorarios y una serie de
formularios nuevos, incluido un pasaporte; fotografías; documentos
del registro civil (como certificados de matrimonio y partidas de
nacimiento); formularios médicos; el Formulario DS-260, la Solicitud
de visa de inmigrante y registro de extranjero (que presentará en
línea en el momento); y el Formulario I-864, Declaración jurada de
apoyo, en la que se le pide información financiera para demostrar
que tiene la capacidad de apoyar a su pariente al momento de su
llegada. Lo puede encontrar aquí: www.uscis.gov/i-864.

Puede comenzar completando un I-130, Petición para un familiar

Una vez que el Centro nacional de visados ha aprobado su solicitud,
se programará una entrevista con su familiar y el Departamento de
estado de los Estados Unidos. Este es el paso final del proceso. Puede

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
leer más sobre el proceso aquí: http://travel.state.gov/content/visas/
english/immigrate/types/family/family-preference.html.
Si ha presentado la documentación para un cónyuge, cuando su
cónyuge llega al comienzo de la lista, sus hijos solteros menores
de 21 años generalmente pueden unirse a la visa de su cónyuge.
Sin embargo, si los hijos de su cónyuge cumplen 21 años antes de
que su cónyuge llegue al comienzo de la lista, necesitará presentar
una nueva petición para cada uno de sus hijos incluidos en la
petición original.
Si ha aplicado para su hijo soltero, si ese hijo se casa, se quitará su
petición inmediatamente, porque los LPR no pueden traer hijos casados.
Sin embargo, si se convierte en un ciudadano de los Estados
Unidos antes de que su hijo se case, puede continuar mediante la
presentación de un I-130 nuevo para su hijo. Los ciudadanos de
Estados Unidos pueden traer más miembros de la familia, incluso
hijos casados de cualquier edad, padres y hermanos, aunque
tienen diferentes tiempos de espera. Los detalles se encuentran
en la siguiente sección sobre convertirse en ciudadanos de los
Estados Unidos.
Debe obtener ayuda de una organización o BIA acreditada o
de un abogado para ayudarle a presentar este formulario. Lea
cuidadosamente las instrucciones y tenga estas cosas en mente:
•	

•	

Tendrá que comprobar que la gente que quiere traer son
sus familiares. Las fotografías, las partidas de nacimiento y
los certificados de matrimonio le ayudarán a probar esto.
Tendrá que pagar los billetes de avión para los miembros
de su familia.

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
•	

•	

•	

Asegúrese de incluir copias de todos los documentos
justificativos necesarios mencionados en las instrucciones
del Formulario I-130. USCIS puede retrasar o denegar
su solicitud si no se incluyen estos documentos.
Después de presentar su formulario de inmigración,
USCIS puede escribir una carta diciéndole que su familiar
necesitará una cita de biometría. También pueden
solicitarle una firma y tomar una fotografía. A veces,
puede ser necesaria una prueba de ADN de usted y
del familiar que quiere traer. Es posible que tenga que
pagar estas pruebas.
Guarde una fotocopia del formulario completado para
sus registros. Envíe el formulario por correo certificado
con acuse de recibo, disponible en la oficina de correos.

¿Cómo puedo convertirme en un ciudadano?
¿Qué es la naturalización?
La naturalización es el proceso por el cual algunos ciudadano no
estadounidenses pueden solicitar convertirse en ciudadanos de
los Estados Unidos. “Naturalizarse” significa realizar los pasos
necesarios para convertirse en ciudadanos de los Estados Unidos.
¿Cuáles son los beneficios de naturalizarse?
Cuando se naturaliza, se convierte en ciudadano de los Estados
Unidos y tiene casi todos los mismos derechos y protecciones que
los ciudadanos nacidos en los Estados Unidos. Los ciudadanos de
Estados Unidos tienen más derechos que los residentes permanentes
legales LPR). Hay muchas cosas que solo los ciudadanos de los
Estados Unidos pueden hacer en USA, algunas de las cuales pueden
ser muy importantes para usted. Es muy importante que intente
naturalizarse cuando sea elegible, de manera que puede recibir

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

estos derechos y protecciones. Como ciudadano naturalizado de
los Estados Unidos, será capaz de:
•	

•	

•	

Mantener su estado legal en los Estados Unidos y dejar
de estar en peligro de deportación.
Esto es muy importante. Incluso si ha ajustado su estado
para convertirse en un RLP (tiene su tarjeta de residencia)
aún pueden quitarle su tarjeta de residencia y deportarlo
por cometer determinados delitos, viajar fuera de los
Estados Unidos durante demasiado tiempo o fracasar a la
hora de presentar sus impuestos sobre la renta. Cuando es
un ciudadano americano, no lo pueden deportar.
Traer a sus familiares a Estados Unidos.
Los ciudadanos de Estados Unidos pueden traer más
miembros de su familia a Estados Unidos. que los
refugiados, asilados y LPR. Por ejemplo, como refugiado
o asilado, puede postular para traer a su cónyuge (esposo
o esposa) y cualquier hijo soltero menor de 21 años. Como
LPR, puede postular para traer a su cónyuge o a su hijo
soltero de cualquier edad. Pero como ciudadano de los
Estados Unidos, puede postular para traer a su cónyuge
y a sus hijos de cualquier edad, ya sea solteros o casados.
Y como ciudadano de los Estados Unidos, también puede
postular para traer a sus padres y hermanos (hermanos y
hermanas) una vez que sea mayor de 21 años.
Obtener más beneficios del gobierno.
Los inmigrantes tienen muchas restricciones sobre
el acceso a los beneficios y a la asistencia médica del
gobierno. (Consulte los Capítulos 18 y 19 para obtener
más información sobre el acceso de los inmigrantes a
los beneficios y a la asistencia médica.) Sin embargo,
después de que se naturaliza, ya no será objeto de las

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•	

•	

•	

•	

restricciones relacionadas con inmigración y tendrá acceso
a los beneficios y a la asistencia médica de acuerdo con las
mismas reglas que los ciudadanos de los Estados Unidos.
Votación.
Solo los ciudadanos de los Estados Unidos pueden votar en
las elecciones federales. Muchos estados también permiten
que solamente voten los ciudadanos de los Estados Unidos
en las elecciones estatales. Votar para elegir funcionarios
como el Presidente y los miembros del Congreso es un
derecho político importante para muchos ciudadanos de
los Estados Unidos.
Servir en un jurado.
Solo los ciudadanos de los Estados Unidos pueden servir
en un jurado federal y muchos estados también permiten
que solamente sirvan en un jurado los ciudadanos de los
Estados Unidos. Los jurados ayudan a los jueces a tomar
decisiones en casos judiciales.
Viajar al extranjero con un pasaporte de los Estados
Unidos.
Será capaz de viajar al extranjero sin restricciones en el
tiempo en el que se puede quedar fuera de los Estados
Unidos. También será capaz de obtener ayuda del gobierno
de los Estados Unidos cuando se encuentre en el extranjero,
si lo necesita.
Obtenga la ciudadanía de los Estados Unidos para los
hijos menores de 18 años.
Por lo general, el hijo nacido en el extranjero de un ciudadano
de los Estados Unidos se convierte automáticamente en
ciudadanos de los Estados Unidos. Los hijos que tuvo
anteriormente que nacieron en el extranjero y eran menores
de 18 años en el momento en el que se convirtió en
ciudadano, también serán elegibles para convertirse en

19

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

•	

•	

•	

ciudadanos de los Estados Unidos. Consulte a un abogado
para obtener ayuda con cualquiera de estas situaciones.
(Los niños nacidos dentro de los Estados Unidos son
automáticamente ciudadanos de los Estados Unidos.)
Postular a más empleos federales.
Algunos trabajos requieren la ciudadanía de los Estados
Unidos.
Convertirse en un funcionario gubernamental electo.
Solo los ciudadanos de los Estados Unidos pueden
postularse en las elecciones federales para el Senado
o la Cámara de Representantes de los Estados Unidos
y la mayoría de los gobiernos estatales y locales tienen
reglas similares para cargos gubernamentales estatales y
locales. Lamentablemente, solo aquellos que nacieron en
los Estados Unidos pueden postularse para ser Presidente.
Sea elegible para obtener más subsidios y becas
federales.
Muchas ayudas financiera, incluyendo becas universitarias,
solo están disponibles para ciudadanos de los Estados Unidos.

Nota: antes de que decida postular para naturalizarse, debe primero
determinar si no es ya un ciudadano de los Estados Unidos. Si
nació en los Estados Unidos o en territorio de los Estados Unidos
o si al menos uno de sus padres es un ciudadano de los Estados
Unidos, puede que ya sea un ciudadano de los Estados Unidos.
Si cualquiera de estas situaciones se aplica a usted, consulte a un
abogado inmediatamente para averiguar si ya es ciudadano.
¿Soy elegible para convertirme en un ciudadano de los Estados
Unidos?
Debe cumplir con todos los siguientes criterios para solicitar la
naturalización:

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
•	
•	

•	

•	

•	
•	

•	
•	

Tener al menos 18 años, Y
Haber sido admitido como residente permanente legal (LPR)
durante un mínimo de cinco años (con algunas excepciones,
que se explican a continuación), Y
Tener “residencia continua” (como se explica a continuación)
en los Estados Unidos por lo menos durante cinco años
después de recibir su condición de LPR (tarjeta de
residencia), Y
Ha estado físicamente presente en los Estados Unidos
durante un período mínimo de 30 meses del período de
cinco años antes de solicitar la naturalización, Y
Ha vivido en el estado en el que va a postular por lo menos
tres meses antes de la aplicación, Y
Vive en los Estados Unidos continuamente desde el
momento de la solicitud de naturalización al momento
de la admisión como ciudadano de los Estados Unidos, Y
Tiene un buen carácter moral (como se explica a
continuación), Y
Puede demostrar conocimientos de inglés y educación
cívica, y jurar fidelidad a la Constitución.

Cinco años de Residencia Permanente Legal
Por lo general, la naturalización requiere cinco años de estado como
tarjeta de residencia o residente permanente legal. Sin embargo,
hay algunas excepciones:
•	

Los refugiados y asilados que ajustaron su condición y
obtuvieron su tarjeta de residencia (estado LPR) después
de un año, pueden contar ese año como parte de los
cinco. En otras palabras, los refugiados y asilados pueden
postular a naturalizarse después de tener la “tarjeta de
residencia” durante cuatro años, en lugar de cinco.

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
•	

•	

Si aplica para naturalizarse en base a su matrimonio con
un ciudadano de los Estados Unidos, puede postular
después de tener su tarjeta de residencia durante tres
años, en lugar de cinco.
Si tiene experiencia calificativa como miembro militar
de los Estados Unidos, puede ser elegible para postular
antes. Para obtener más información, consulte la página
de USCIS de la Ciudadanía para los miembros militares
en www.uscis.gov/military/citizenship-military-personnelfamily-members/citizenship-military-members y hable
con un abogado.

Residencia continua
La “Residencia continua” significa que vivió en los Estados Unidos.
y mantuvo este lugar como su lugar de residencia (y ningún otro
país) de forma continua durante cinco años. Puede viajar y aún así
mantener la residencia continua, pero hay restricciones importantes:

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
meses y un año, pero debería consultar con un abogado para que
le ayude, si ese es el caso.
La “residencia continua” también significa que debe presentar y
pagar sus impuestos cada año como residente permanente legal
(LPR). No puede reclamar el “estado de extranjero no residente”
en sus formularios de impuestos para evitar pagar sus impuestos,
o perderá la residencia continua.
Buen carácter moral
Para convertirse en ciudadano de los Estados Unidos, deberá
demostrar que tiene “buen carácter moral.” Por lo general, esto
significa alguien que es honesto, paga sus impuestos, no comete
delitos y paga sus deudas.

Viajar fuera de los Estados Unidos y quedarse fuera por un
período de seis a doce meses seguidos puede interrumpir
este período de “residencia continua”, lo que significa
que es posible que tenga que empezar de nuevo.
Viajar fuera de los Estados Unidos durante un período
ininterrumpido de un año o más probablemente
interrumpa este período de “residencia continua” y
tendrá que empezar de nuevo.

Si cometió determinados delitos, nunca será capaz de establecer un
buen carácter moral y nunca será capaz de postular para la ciudadanía.
Estos delitos incluyen asesinato y cualquier “delito agravado” por los
que haya sido condenado después del 29 de noviembre de 1990.
Otros delitos pueden evitar temporalmente que demuestre que tiene
un buen carácter moral y solicitar la ciudadanía, pero después de
un período de tiempo, será capaz de postular. Si lo han detenido o
condenado por cualquier delito, y desea naturalizarse, es importante
consultar con un abogado que le ayude a determinar si sus delitos
le impedirán temporal o permanentemente que demuestre un buen
carácter moral y naturalizarse.

Es altamente recomendable que si viaja fuera de los Estados
Unidos permanezca en el extranjero por menos de seis meses;
de lo contrario podría perder el período de residencia continua
y tendría que comenzar el período de espera de cinco años otra
vez. Hay algunas excepciones si permaneciera afuera entre seis

Algunos ejemplos de delitos que podrían impedir que demuestre
un buen carácter moral incluyen todos los delitos cometidos con
la intención de perjudicar a alguien, utilizar o vender drogas, estar
casado con más de una persona a la vez, no cumplir una orden judicial
de manutención de los hijos o los pagos de pensión alimenticia, y

22

23

•	

•	

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
mentir para obtener beneficios de inmigración, entre otros.
¿Cómo puedo convertirme en ciudadano de los Estados Unidos?
Para postular para la ciudadanía de los Estados Unidos, primero
debe determinar si es elegible según los criterios anteriormente
mencionados. También puede hacerlo a través de la hoja de
naturalización de USCIS, disponible en www.uscis.gov/sites/default/
files/USCIS/Resources/Citizenship%20%26%20Naturalization%20
Based%20Resources/A%20Guide%20to%20Naturalization/
PDFs/M-480.pdf. Esta hoja describe las reglas anteriormente
mencionadas y le ayuda a determinar si es elegible.
Presentar el Formulario N-400, Solicitud de naturalización
Si es elegible, debe presentar el formulario N-400, Solicitud de
naturalización. Visite la página web de USCIS sobre el N-400 en
www.uscis.gov/n-400. Antes de que complete el N-400, debe
•	

•	

Leer la Guía para la naturalización de USCIS (www.uscis.
gov/sites/default/files/files/article/M-476.pdf), o llamar
a su abogado o a otra persona de una organización
BIA acreditada para que lo ayude a leerla y entenderla
ya que la solicitud N-400 hace muchas referencias a
este documento.
A continuación, lea las instrucciones del N-400,
disponible en www.uscis.gov/sites/default/files/files/
form/n-400instr.pdf.

Descargue el N-400, Solicitud de naturalización en www.uscis.gov/
sites/default/files/files/form/n-400.pdf.

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
acreditado para que lo ayude. Asegúrese de poner su número de
solicitud en la esquina superior derecha de cada página. Compruebe
la precisión de la información y fírmelo. Antes de presentarlo,
asegúrese de tener toda la documentación requerida.
Nota: El N-400 realiza preguntas acerca de los delitos. Es muy
importante que responda con honestidad e informe todos los delitos,
incluso los que hayan sido eliminados (retirados) de su registro. Si
no cuenta sobre estos delitos a USCIS, ellos se enterarán y podrán
denegar su solicitud, incluso si el delito que no informó no es un
delito que podría haber causado que su solicitud no sea aceptada.
¿Qué debo incluir en mi solicitud?
Debe enviar lo siguiente junto con su aplicación:
•	

•	
•	
•	

Dos fotos iguales estilo pasaporte de 2x2 tomadas dentro
de los 30 días de la presentación. Escriba su nombre y
su “A-number” (Número A) en la parte de atrás.
Una copia de su tarjeta de residencia.
La tasa de inscripción ($595) y la tasa de su cita de
biometría (huellas digitales) ($85).
El Formulario N-648, Certificado médico de excepciones
por discapacidad solo si necesita una excepción
médica o relacionada con la edad para las pruebas
requeridas de educación cívica o inglés (consulte más
adelante). Puede encontrar el Formulario N- 648 en
www.uscis.gov/n-648.

Rellene el N-400 con cuidado, con tinta negra o azul. Es altamente
recomendable que tenga un abogado o un representante BIA

¿Dónde envío mi solicitud?
Donde debe enviar su aplicación depende de donde viva, por lo
tanto, consulte las instrucciones de USCIS en www.uscis.gov/n-400.
Asegúrese de hacer copias y pedir un recibo de correo certificado.

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25

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
¿Cuándo puedo presentar mi solicitud?
En general puede presentar su solicitud hasta 90 días antes de
tener la residencia continua como LPR durante cinco años (o para
un refugiado, cuatro años) y cumpla con los demás requisitos
específicos mencionados anteriormente.
¿Qué debo hacer después de presentar mi solicitud?
Todavía hay varios pasos que debe seguir después de enviar la
solicitud.
La cita con biometría
Después de que USCIS recibe su solicitud, se pondrá en contacto
con usted para hacerle saber cuando debe ir al Centro de apoyo de
solicitud (ASC, por sus siglas en inglés) local de USCIS para su cita
con biometría (huellas digitales). USCIS tomará sus huellas digitales
y realizará un chequeo de antecedentes delictuales.
Entrevista sobre la naturalización
USCIS programará una entrevista con usted. Asegúrese de asistir
a esta entrevista a tiempo y avise a USCIS inmediatamente si tiene
que reprogramarla. Debe traer la siguiente documentación a su
entrevista de naturalización:
•	
•	

•	
•	

Una copia de su tarjeta de residencia (tarjeta de LPR).
Una identificación válida emitida por el Estado (una forma
de identificación, como una licencia de conducir, expedida
por su estado).
Su pasaporte y todos los documentos de viaje.
Otros documentos pertinentes. Dependiendo de su
situación, puede haber otros documentos que tenga que
traer. Por ejemplo, si ha sido arrestado o sentenciado por un
delito, debe traer los documentos de detención o judiciales.

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
Si está en libertad condicional, debe proveer pruebas de
que ha completado su período probatorio. Para obtener
más información sobre otros documentos que puede traer,
consulte la Guía para la naturalización de USCIS, en www.
uscis.gov/sites/default/files/files/article/M-476.pdf.
Sucederán varias cosas en su Entrevista de naturalización.
1.	 Entrevista: USCIS le hará preguntas acerca de lo que
escribió en el N-400. Debe llevar una copia para que la
pueda mirar.
2.	 Exámenes de inglés y educación cívica: tendrá dos
exámenes, un examen de inglés y uno de educación
cívica. Debe dedicar mucho tiempo a estudiar antes de la
entrevista. Puede acceder a los materiales de estudio para
ambos exámenes en www.uscis.gov/citizenship/learners/
study-test. Muchos grupos locales de la comunidad que
ayudan a los inmigrantes ofrecen clases para ayudarlo a
prepararse. Puede encontrar clases y recursos en www.
uscis.gov/citizenship/learners/find-help-your-community. Si
reprueba, podrá volver a tomar el examen solo una vez. Si
reprueba dos veces, su solicitud será rechazada.
a.	 El examen de inglés estará compuesto de tres
partes que evaluarán su capacidad de hablar,
leer y escribir. Puede acceder a la información
del examen, materiales de estudio y exámenes
de práctica en www.uscis.gov/citizenship/learners/
study-test/study-materials-english-test.
b.	 El examen de educación cívica pondrá a prueba
sus conocimientos de historia y gobierno de los
Estados Unidos. Hay 100 preguntas en el examen
de educación cívica y el oficial de USCIS elegirá 10

27

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
para preguntarle. Debe contestar correctamente
6 para aprobar. Puede encontrar las preguntas
visitando: www.uscis.gov/citizenship/learners/
study-test y haciendo clic en el vínculo “100
preguntas sobre educación cívica del examen de
naturalización.” Pero recuerde que las respuestas
a ciertas preguntas sobre los funcionarios
electos pueden cambiar con las elecciones,
así que asegúrese de tener la información más
actualizada. Puede acceder a la información del
examen y exámenes de práctica en www.uscis.
gov/citizenship/learners/study-test/study-materialscivics-test.
Excepciones a los requisitos de examen: Es posible
que no tenga que tomar el examen de inglés si tiene más
de 50 años y ha vivido en los Estados Unidos como LPR
durante más de 20 años, o si tiene más de 55 años y ha
vivido en los Estados Unidos durante más de 15 años. Es
posible que no tenga que realizar la prueba de educación
cívica si tiene ciertas discapacidades físicas o mentales.
Para obtener más información, consulte www.uscis.gov/
us-citizenship/citizenship-through-naturalization/exceptionsaccommodations. Si está buscando una excepción de este
tipo, debe presentar un Formulario N-648, Certificado
médico para Excepciones por Discapacidad, junto con su
N-400, Solicitud de naturalización. La puede encontrar en
www.uscis.gov/n-648.
Por lo general, USCIS le proporcionará un aviso de sus resultados
el mismo día. Sin embargo, algunas veces, el oficial de USCIS
no será capaz de tomar una decisión y es posible que tenga que
seguir su caso. El oficial podrá entonces solicitar una segunda

28

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
entrevista, o pedir pruebas adicionales. Si USCIS no necesita más
información, el oficial aprobará su solicitud si proporciona pruebas
que demuestren su elegibilidad o la denegará si su entrevista, los
resultados de los exámenes y las pruebas no demuestran que es
elegible para la naturalización.
¿Qué puedo hacer si USCIS deniega mi solicitud?
Si su solicitud fue denegada, USCIS le proporcionará una explicación
por escrito de los motivos de la denegación. Si piensa que USCIS
denegó su solicitud incorrectamente, usted puede solicitar una
audiencia de apelación. Debe presentar el Formulario N-336,
Solicitud de audiencia por la decisión en el procedimiento de
naturalización, disponible en www.uscis.gov/n-336. Debe presentar
este recurso, con la tarifa de presentación, dentro de los 30
días a partir de que su solicitud fue denegada, o la decisión
será definitiva.
¿Qué ocurre una vez que USCIS aprueba mi solicitud?
USCIS le enviará por correo un aviso para tomar el Juramento
de Lealtad, con la fecha, hora y ubicación de su ceremonia de
juramento. En ocasiones, puede ser capaz de tomar el Juramento
de Lealtad el mismo día que su solicitud es aprobada después
de su entrevista. Si no puede asistir a la ceremonia, devuelva el
aviso y explique por qué no puede asistir y solicite una nuevo día
y horario para la ceremonia.
Durante la ceremonia, realizará el Juramento de Lealtad a los
Estados Unidos. Recuerde traer su tarjeta de residencia, ya que
la entregará después de la ceremonia y recibirá un Certificado de
Naturalización, el cual certifica que es un ciudadano estadounidense
naturalizado. ¡Felicidades!

29

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

Importante: Debe notificar a USCIS si cambia su dirección
después de enviar su aplicación N-400 y mientras espera
que se complete el proceso y convertirse en ciudadano. Debe
llamar al Servicio de Atención al Cliente al 1-800-375-5283
(TTY: 1-800 -767-1833), y completar un AR-11, Tarjeta de Cambio
de Dirección del Extranjero y enviarlo a USCIS dentro de los 10 días
siguientes a su traslado. Consulte el Capítulo 8 de la Guía, “Lo que
debe hacer cuando cambia su dirección,” para obtener más detalles.

Puede hacer esto en persona, por correo, en las oficinas de asistencia
pública o cuando solicite la renovación de su licencia de conducir.
Visite la Comisión de Asistencia Electoral en www.eac.gov.

¿Cómo demuestro mi estado cuando obtengo la nacionalidad?
Recibirá un formulario N-550, Certificado de Naturalización, después
de tomar el Juramento de Lealtad a lo Estados Unidos. Esto
demuestra su condición de ciudadano estadounidense. Si pierde
este certificado, debe presentar el Formulario N-565, Solicitud
de Sustitución del Documento de Naturalización/Ciudadanía,
disponible en www.uscis.gov/n-565.
¿Qué debo hacer cuando me naturalicen?
Actualizar su registro de Seguridad Social
Una vez lo naturalizan, debe actualizar su registro de Seguridad
Social. Es importante que la Seguridad Social tenga los registros
de su ciudadanía actualizados. Esto le facilitará el acceso a los
beneficios y derechos a los que tiene acceso como ciudadano de
los Estados Unidos, incluida la Seguridad Social y otros beneficios
del gobierno. Espere por lo menos 10 días después de que su
ceremonia de naturalización y luego llame a la Seguridad Social
al 1-800-772-1213 o visite www.segurosocial.gov para hacer una
cita. Recuerde traer su certificado de naturalización o su pasaporte
de los Estados Unidos.

Postular para el pasaporte de los Estados Unidos si desea viajar
al extranjero
Después de que lo naturalizan, también es elegible para solicitar
un pasaporte de los Estados Unidos, que le permitirá viajar al
extranjero como ciudadano de los Estados Unidos y recibir ayuda de
las embajadas o consulados de los Estados Unidos en el extranjero
si es que lo necesita. Visite www.travel.state.gov para descargar los
formularios de solicitud y encontrar el servicio de aceptación de
pasaporte más cercano.
Aplique para sus hijos LPR menores de 18 años
Si tiene niños que nacieron en el extranjero, son residentes
permanentes legales y son menores de 18 años en el día en que
lo naturalizaron, es posible que sean automáticamente ciudadanos
de los Estados Unidos también y querrá postular por la prueba
de su estado. Puede solicitar un pasaporte de los Estados Unidos
para su hijo, o solicitar un Certificado de Ciudadanía a través
del Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía,
disponible en www.uscis.gov/n-600k.

Registrarse para votar
Ahora puede registrarse para votar si desea votar en las elecciones.

Solicitar patrocinar a familiares en el extranjero para venir a los
Estados Unidos.
Ahora puede solicitar también patrocinar a otros familiares para venir
a los Estados Unidos. Estará solicitando que estos miembros de la
familia obtengan una tarjeta de residencia. Como ciudadano de
los Estados Unidos, puede solicitar traer a sus parientes cercanos.
La categoría “pariente cercano” incluye a su esposo o esposa, sus
hijos solteros menores de 21 años y sus padres (siempre que sea

30

31

LAWFUL PERMANENT RESIDENTS

LAWFUL PERMANENT RESIDENTS

mayor de 21). Estas aplicaciones son procesadas inmediatamente
y no hay lista de espera.

un pasaporte, una tarjeta de identificación nacional extranjera (ID)
o la licencia de conducir de los Estados Unidos.

También se puede solicitar traer a otros miembros de la familia
que encajen en una “categoría de familia de preferencia.” Esta
categoría incluye sus hijos o hijas solteras mayores de 21 años, hijos
casados de cualquier edad y sus hermanos y hermanas (siempre que
sea mayor de 21). El gobierno tiene un número limitado de visas
disponibles para los miembros de su familia cada año y van a una
lista de espera para los miembros de la familia en cada categoría.
La lista de espera puede ser muy larga y puede tomar años.

Los residentes permanentes que abandonan los Estados Unidos
por períodos prolongados, o que no pueden mostrar su intención
de residir permanentemente en los Estados Unidos, pueden perder
su estado de residente permanente ya que USCIS puede decidir
que abandonó su estado. En general, dejar los Estados Unidos por
menos de un año no es visto como un abandono a su derecho de
residencia permanente. Con el fin de determinar si ha abandonado
su estado, un oficial evaluará su conexión con los Estados Unidos
mirando sus lazos familiares y con la comunidad, su dirección de
correo, cuentas bancarias, licencia de conducir y su propiedad.
Muchos inmigrantes creen que pueden vivir en el extranjero,
siempre y cuando vuelvan a los Estados Unidos por lo menos una
vez al año. Esto es incorrecto.

Para obtener más información acerca de cómo traer a los miembros
de su familia que aún se encuentran fuera de los Estados Unidos,
consulte el sitio web de USCIS acerca de los patrocinadores de
miembros de familiar en www.uscis.gov/green-card/green-cardthrough-family y consulte con un abogado de inmigración para
obtener ayuda.

¿Puedo viajar fuera de los Estados Unidos?
Como un residente permanente legal, puede viajar dentro y fuera
de los Estados Unidos con una tarjeta de residencia, pero con
algunas restricciones. Es importante que conozca los riesgos de
los viajes fuera de los Estados Unidos si no es un ciudadano de
los Estados Unidos.
Si desea viajar fuera de los Estados Unidos, necesitará un pasaporte
del país en el que es un ciudadano y es posible que necesite un
visado de viaje desde su país de destino. Para volver a entrar a los
Estados Unidos, necesitará una tarjeta de residencia, vencidos y
otros documentos calificativos de identificación, como por ejemplo,

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Si piensa que va a estar fuera de los Estados Unidos durante más
de un año, deberá solicitar un permiso de readmisión antes de
abandonar el país. Tener un permiso de readmisión no garantiza
que será admitido en los Estados Unidos al volver, pero puede
hacer que sea más fácil demostrar que regresaba de una visita
temporal en el extranjero. Presente el Formulario I-131, Solicitud
de Documento de Viaje, 60 días antes de su fecha de salida para
establecer su intención de regresar y residir permanentemente
en los Estados Unidos. Puede solicitar la versión más reciente del
Formulario I-131 llamando a USCIS al 1-800-870-3676 o puede
obtener el formulario en línea en www.uscis.gov/i-131. Hay una
tarifa para completar el Formulario I-131. Un permiso de reingreso
es válido por un máximo de dos años. Mostrará el permiso de
reingreso en un puerto de entrada.

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

Si tiene la intención de naturalizarse, o convertirse en un ciudadano
de los Estados Unidos, no debe viajar fuera de los Estados Unidos por
más de seis meses a la vez. Permanecer fuera de los Estados Unidos
durante más de seis meses puede impedir que alcance la “residencia
continua” requerida para la naturalización. Si tiene la intención de
naturalizarse y debe viajar fuera de los Estados Unidos durante
un año o más por causas muy limitadas tales como la necesidad
de determinados trabajos, puede presentar el Formulario N-470,
Solicitud para conservar la residencia permanente para propósitos
de naturalización, disponible en www.uscis.gov/n-470. Asegúrese
de leer cuidadosamente las instrucciones para saber si es elegible y
si el N-470 le permitirá conservar el período de residencia continua
para que aún pueda naturalizarse. Pida ayuda si no está seguro.

Servicio Selectivo. Registrarse le dice al gobierno que está disponible
para servir en las fuerzas armadas de los Fuerzas Armadas de los Estados
Unidos si el gobierno ordena alguna vez un proyecto militar. Sin embargo,
el gobierno de los Estados Unidos no ha tenido un proyecto desde 1970
y es muy poco probable que haya un proyecto nuevo alguna vez. Esto
significa los residentes permanentes y los ciudadanos no tienen que
servir en las Fuerzas Armadas a menos que quieran. El Servicio Selectivo
es solo una copia de seguridad necesaria en caso de emergencia.

Importante: Si cometió un delito, es probable que no pueda volver
a ingresar a los Estados Unidos si se va. Incluso si el delito no califica
para la “deportación”, lo hará “inadmisible”, lo que significa que
Inmigración no lo dejará ingresar a los Estados Unidos.

¿Puedo votar?
Como un LPR, no se le permite votar en las elecciones federales.
A pesar de que unos pocos estados y gobiernos locales permiten
que vote en las elecciones estatales y locales, es muy raro. El
incumplimiento de los requisitos anteriores puede poner en peligro
su estado de inmigración y dejarlo sujeto a la deportación.

¿Qué es el Servicio Selectivo y estoy obligada a
firmarlo?

Si tiene un número de Seguridad Social, puede ir en línea y
registrarse en el Servicio Selectivo en https://www.sss.gov/RegVer/
wfRegistration.aspx. O bien, puede ir a cualquier oficina de correos
y completar el formulario Servicio Selectivo. Traiga su tarjeta de
la Seguridad Social. Si no tiene un número de Seguridad Social,
tendrá que enviar una copia de su tarjeta de la Seguridad Social
cuando obtenga una. Cuando la envíe, coloque también su nombre
completo, fecha de nacimiento, número de registro de Servicio
Selectivo y dirección actual. Lo puede enviar a:
Selective Service System
P.O. Box 94636
Palatine, IL 60094-4636
Para hablar con alguien del Servicio Selectivo, llame al 847-688-6888.

¿Me puedo unir al Ejército?

Todos los hombres entre 18 y 25 años que viven en los Estados Unidos,
independientemente de su estado de inmigración, deben inscribirse al

Como un LPR, puede postular para unirse a las fuerzas militares, pero
no será capaz de recibir posiciones de permisos de alta seguridad
hasta que sea ciudadano de los Estados Unidos. Si está interesado
en unirse a las fuerzas militares, debe hablar con un reclutador o
consultar www.military.com/join-armed-forces.

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

¿Tengo derecho a trabajar?

empleador no puede exigirle que muestre su tarjeta de residencia.

Una tarjeta de residencia le permite trabajar en los Estados Unidos
sin restricciones en función de la localización o tipo de empleo. Al
solicitar un trabajo, una tarjeta de residencia establece su identidad
y demuestra que está autorizado a trabajar en los Estados Unidos.
El estado LPR significa que está autorizado para trabajar y que no
tiene que solicitar a USCIS un permiso de trabajo.

Confusión sobre la autorización de empleo
A veces, los empleadores se confunden acerca de su derecho a
trabajar o los documentos que necesita mostrar. A veces quieren
ver una tarjeta de residencia o un permiso de trabajo, a pesar de
que les haya mostrado todos los documentos necesarios. Algunos
empleadores pueden utilizar un sistema en Internet llamado E-Verify
para comprobar su derecho al trabajo. Pueden encontrar E-Verify en
www.dhs.gov/e-verify. Puede introducir su información en E-Verify
para averiguar lo que el empleador verá si comprueba en línea en
www.uscis.gov/everifyselfcheck. Puede ir en línea a http://www.nilc.
org/materialsev.html para encontrar el documento “Conoce tus
derechos sobre E-Verify”, disponible en inglés y español.

Nota: hay algunos trabajos que están reservados para los ciudadanos
de los Estados Unidos, por lo general los trabajos con el gobierno
que requieren permisos con un alto nivel de seguridad.
¿Cómo puedo demostrar a los empleadores que soy elegible
para trabajar?
Debe mostrar a su empleador dos documentos para trabajar: un
documento fotográfico que demuestre su identidad y un documento
que demuestre que tiene el derecho legal a trabajar. El Formulario
I-9 de USCIS, que se encuentra en www.uscis.gov/sites/default/files/
files/form/i-9.pdf, tiene una lista de los documentos que puede
mostrarle a su empleador. Si tiene una tarjeta de residencia, solo
necesita mostrar eso, debido a que tiene su fotografía y demuestra
que tiene derecho a trabajar.
Si puede, es mejor mostrar su empleador que cumple con los
requisitos del I-9 sin necesidad de utilizar un documento de
inmigración como una tarjeta de residencia. Por ejemplo, use
su tarjeta de la Seguridad Social y la licencia de conducir. De lo
contrario, su empleador puede pensar incorrectamente que su
autorización de trabajo es limitada. Si puede satisfacer los requisitos
del I-9 con otros documentos que se detallan en el formulario I-9, el

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Si usted o su empleador tienen preguntas acerca de qué documentos
son necesarios, puede llamar a la Oficina del Consejero Especial
para Prácticas injustas en el empleo relacionadas con inmigración
las opciones en el Departamento de Justicia. Debe llamar a la
línea telefónica de información del trabajador 800-255-7688, o
su empleador puede llamar a la línea telefónica de Información
del empleador al 800-255-8155. Consulte www.usdoj.gov/crt/osc
para más información. Para obtener más información sobre el
derecho y la autorización para trabajar, consulte el Capítulo 14, “El
derecho al trabajo”, y el Capítulo 15, “Cómo obtener un permiso
de trabajo”, en la Guía.

¿Puedo obtener un Número de Seguro Social (Social
Security Number, SSN)?
Como un LPR, es elegible para obtener un número de Seguro Social
(SSN). Un SSN es un número de 9 dígitos que el de los EE. UU. asigna

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

a los ciudadanos ciudadanos de los Estados Unidos, residentes
permanentes legales y otros individuos presentes legalmente. El
gobierno lo usa para realizar el seguimiento de los ingresos de
su trabajo para determinar qué cantidad de impuestos debe, ya
que debe pagar impuestos si trabaja. El gobierno también usará
el SSN para determinar cuánto debe darle en cuanto a beneficios
de Seguridad Social cuando alcance la plena edad de jubilación
o tenga alguna discapacidad y ya no tenga ingresos.

o con problemas de audición, llamar al número TTY 1-800 -325-0778.
Encuentre su oficina local de la SSA en www.socialsecurity.gov/
locator. Debe traer los documentos originales o copias certificadas
por el organismo emisor que muestre 1) estado de inmigración
autorizado a trabajar, 2) edad, 3) identidad.

También es necesario un SSN para acceder a ciertos beneficios y
derechos a los que tiene derecho. Las oficinas locales de agencias
de servicios sociales usarán su SSN para verificar cuáles son los
beneficios a los que califica. Los empleadores, los bancos y los
departamentos de los vehículos de motor pueden pedirle su SSN.
Si solicita ayuda financiera del gobierno federal para estudiar en la
universidad, la universidad le preguntará su SSN. Por estas razones,
lo mejor es conseguir uno tan pronto como pueda.
Su SSN es exclusivo para usted y debe ser muy cuidadoso de
mantener su tarjeta de Seguridad Social segura y no dejar que otras
personas conozcan su SSN, ya que esto podría ponerlo en riesgo
de robo de identidad. El robo de identidad se produce cuando
alguien roba su información personal y lo utiliza sin su permiso.

1.	 Puede mostrar varios tipos de documentos para demostrar
su estado de inmigración autorizado a trabajar, como por
ejemplo su tarjeta de residencia o I-94. Para obtener una
lista de documentos que se pueden utilizar para demostrar
su estado, vea lista de la Seguridad Social en www.ssa.
gov/pubs/EN-05-10096.pdf y consulte el Capítulo 7 de la
Guía, “Estado del caso y prueba del estado.”
2.	 Para demostrar su edad, puede presentar su certificado
de nacimiento, los registros el registro del hospital
estadounidense de su nacimiento , pasaporte, o tarjeta
de residencia.
3.	 Con el fin de probar su identidad, debe presentar un
documento que se encuentre en curso y que demuestre
su nombre, información de identificación y si es posible
una fotografía. Si no tiene los documentos que la SSA le
pide, pueden solicitar ver uno de los siguientes: tarjeta de
identificación del empleado, tarjeta de identificación de
la universidad, tarjeta del seguro médico (no incluyendo
Medicare), tarjeta de identificación militar de los Estados
Unidos, decreto de adopción, póliza de seguro de vida o
un documento de matrimonio en el caso de un cambio
de nombre.

¿Cómo puedo obtener un Número de Seguridad Social?
Debe solicitar y recibir una tarjeta de la Seguridad Social, una
tarjeta física que contiene su SSN. Tendrá que visitar una oficina de
Administración de la Seguridad Social (SSA, por sus siglas en inglés)
en persona para completar y firmar el Formulario SS-5, Solicitud
de tarjeta de la Seguridad Social. Puede revisar e imprimir este
formulario en línea en www.ssa.gov/online/ss-5.pdf. Para obtener
más información, llame al 1-800 -772-1213. Para las personas sordas

La oficina de SSA podrá utilizar un documento único para mostrar
más de una cosa (por ejemplo, su tarjeta de residencia demuestra
tanto su autorización de trabajo como su edad). Tendrá que traer

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

por lo menos dos documentos a la oficina de SSA para recibir
una tarjeta de la Seguridad Social. Una vez que haya enviado el
formulario, pida un recibo, que es la prueba de que ha aplicado.

residencia, su tarjeta de identificación estatal no menciona su condición
de inmigración o cuánto tiempo ha estado en los Estados Unidos.

No se realiza ningún cargo para un SSN o tarjeta. Si alguien trata
de cobrarle, puede informarlo llamando al 800-269-0271.
¿Qué pasa si no recibo mi tarjeta de la Seguridad Social?
Debe recibir su tarjeta de la Seguridad Social con el correo en
un plazo de 10 días. Si no, puede volver a su oficina local para
preguntar o llamar al 1-800 -772-1213. Tome los documentos que
presentó originalmente como prueba, o téngalos a mano si llama.
Si ya se ha aplicado para un SSN, pero su empleador tiene que
verificar su nombre y SSN inmediatamente, pueden utilizar el Servicio
de Verificación de SSN en línea en www.ssa.gov/employer/ssnv.htm
o llamar al Número de Teléfono de Verificación del Empleador, lo
que se explica en www.ssa.gov/employer/documents/TNEV.pdf.

¿Puedo obtener una tarjeta de identificación (ID)
estatal?
Como un LPR, es elegible para obtener una tarjeta de identificación
estatal. En los Estados Unidos, la mayoría de las tarjetas de identificación
estándares se emiten por el estado en el que vive. La tarjeta por lo
general muestra su fotografía, firma, dirección, fecha de nacimiento,
sexo, color de ojos, color de pelo, la altura y el peso. Una tarjeta
de identificación estatal es un documento de gran utilidad. Se la
puede mostrar a los empleadores, terratenientes, a los bancos y otras
empresas para demostrar quién es usted. Muchos de los inmigrantes
encuentran útil obtener una tarjeta de identificación estatal, a pesar
de que puede ser difícil, porque a diferencia de su I-94 o tarjeta de

40

Muchos estadounidenses de más de 16 años eligen obtener
una licencia de conducir para que poder conducir legalmente.
Las licencias de conducir también son emitidas por el estado
en el que vive. La mayoría de las personas utilizan su licencia de
conducir como su identificación estatal, por lo que si obtiene una
licencia, no necesita obtener una identificación estatal aparte. La
información acerca de cómo obtener una licencia de conducir
aparece a continuación.
¿Cómo puedo obtener una identificación?
Obtener una identificación del estado le costará dinero. Cada
estado tiene diferentes reglas acerca de cómo obtener una tarjeta
de identificación. Llame a su oficina local del Departamento de
Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) para averiguar
qué documentos necesita para obtener una tarjeta de identificación
estatal. Puede localizar la oficina de DMV más cercana en la guía
telefónica o en Internet. El DMV puede tener un nombre diferente
en su estado. Puede llamarse la “administración de vehículos
motorizados“ (MVA, por sus siglas en inglés) o la ”división de
vehículos motorizados“ o algo parecido.
Dependiendo de su estado, también puede estar permitido obtener
una licencia de conducir. Esto resultará costoso e implicará tomar
clases y pasar un examen de conducir. No se puede conducir
en los EE. UU. a menos que tenga una licencia de conducir. Si
lo hace sin una licencia, podría ser detenido. Tampoco puede
beber alcohol y conducir, porque es peligroso. Conducir sin una
licencia y conducir bajo la influencia del alcohol pueden llevarlo
a la deportación. Dado que se tarda mucho tiempo en aprender

41

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

a manejar y obtener la licencia, es posible que desee obtener una
identificación estatal primero y preocuparse por conducir después.

Por favor, consulte el Capítulo 18 de la Guía, “Cómo conseguir
beneficios públicos y apoyo financiero”, para obtener información
más detallada. Además, el Centro legal de inmigración nacional
(NILC, por sus siglas en inglés) ofrece su experiencia en el área de
beneficios para los inmigrantes. Visite http://nilc.org/access-to-bens.
html para obtener información sobre el acceso y la elegibilidad
para los diversos tipos de beneficios.

Importante: El trámite para obtener su licencia de conducir o la
tarjeta de identificación de otro estado es largo y confuso. Hay
muchas preguntas que le piden que “marque” (√) o marcar casillas
que hacen preguntas confusas. Una le pregunta si quisiera votar.
No marque esta casilla. Si lo hace, quedará registrado para votar,
lo cual es ilegal para los no ciudadanos. Si se inscribe para votar
antes de que ser ciudadano, no podrán permitirle convertirse en un
ciudadano. Lo mejor es que tome una persona como su abogado
o a un amigo que hable inglés fluido para que le ayude.
¿Qué sucede si tengo problemas para obtener mi tarjeta de
identificación estatal?
Las personas que trabajan en el DMV pueden no entender su
estado de inmigración, ni cuales son los documentos necesarios
para su estado. Pídales que le escriban los documentos que
necesita. Si rechazan su solicitud, pídales que le escriban por qué
sus documentos no cumplen con los requisitos. Pídales que le
escriban su nombre y el número de teléfono de la oficina. Obtener
una identificación puede ser difícil aun en el caso de ciudadanos de
los Estados Unidos. Trate de ser paciente. Si todavía no entiende,
pida a alguien en una comunidad de defensa de los derechos de los
inmigrantes o grupo de defensa, o su abogado, que se los explique.

¿A qué beneficios públicos puedo acceder?
Puede ser elegible a algunas formas asistencia financiada por
el gobierno si no gana suficiente dinero para pagar los gastos
de comida, atención médica y otras necesidades básicas. Las
normas de elegibilidad para beneficios públicos son muy complejas.

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Acceso a los “beneficios con evaluación financiera” federales
Como un LPR, es considerado un inmigrante “calificado”, lo que
significa que tiene derecho a ciertos beneficios del gobierno, sujeto a
restricciones. Sin embargo, muchos inmigrantes calificados, incluyendo
LPR, quedan excluidos de la gran cantidad de beneficios desde
el principio. Hay cinco tipos de beneficios, que se conocen como
“beneficios con evaluación financiera”, que imponen un período de
espera de cinco años o más para muchos inmigrantes calificados:
•	
•	
•	
•	
•	

Medicaid (excepto en caso de emergencia Medicaid,
que siempre está disponible)
CHIP (Programa de Seguro de Salud para Niños)
TANF (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas),
pero probablemente se llame diferente en su estado
SNAP (Programa de Asistencia de Alimentación
Suplementaria, o cupones de alimentos) para adultos
SSI (Ingreso de Seguridad Suplementario)

El gobierno federal ejecuta SSI y SNAP (aunque debe solicitarlo
a través de su agencia estatal), utilizando un conjunto estándar
de reglas de elegibilidad en todo el país. Esto significa que las
reglas sobre quién tiene derecho a SSI y SNAP son las mismas
en cada estado.

43

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

Sin embargo, TANF, Medicaid y CHIP se administran de manera
diferente por cada estado y cada estado puede implementar
diferentes normas de elegibilidad. Esto significa que incluso si está
calificado y sujeto a la barra federal de 5 años conforme a la ley
federal, usted podría ser elegible para algunos de estos programas
inmediatamente en su estado. Es importante que lea la descripción
de cada programa y sobre todo compruebe con su estado si el
beneficio que busca es un beneficio financiado por el estado o
con fondos federales administrados por el estado.

emergencia a corto plazo no monetaria en casos de desastre. Los
demás servicios en especie necesarios para proteger la vida y la
seguridad (en la medida en que no se requieran calificaciones de
ingresos para elegibilidad) también están disponibles para todos:
servicios de protección para niños/adultos; programas federales para
atender las emergencias meteorológicas y las personas sin hogar;
refugios para las víctimas de la violencia en el hogar, niños que se
fugan y personas sin hogar; comedores; bancos comunitarios de
alimentos; Meals-On-Wheels; servicios médicos de salud pública y
mental necesarios para proteger la seguridad pública; prevención de
la violencia y abusos; discapacidad y servicios de abuso de sustancias
necesarias para proteger la seguridad la vida; y programas que
protegen la seguridad de los niños, los trabajadores y los residentes
de la comunidad. Además, si los fondos federales se proporcionan
a un estado como una subvención a un hospital, vivienda, u otros
servicios, no se consideran beneficios públicos federales y deben
estar a disposición de todos, independientemente de su estado.

Beneficios públicos federales disponibles para todos los
inmigrantes calificados
Algunos de los otros tipos de beneficios, conocidos simplemente
como “beneficios públicos federales”, están disponibles para
todos los inmigrantes calificados (incluyendo LPR), sin restricciones
ni barrera de 5 años. Estos beneficios incluyen los préstamos, los
contratos, concesiones y licencias otorgadas o financiadas por
una agencia del gobierno de los Estados Unidos. También se
incluyen otros beneficios, tales como la jubilación, el desempleo,
salud, discapacidad, bienestar social, educación post-secundaria,
asistencia para la vivienda, vivienda pública y la prestación de la
asistencia alimentaria por una agencia del gobierno de los Estados
Unidos. Consulte a su agencia de servicios sociales estatal para
obtener más información.
Beneficios de emergencia básicos disponibles a todos los
inmigrantes, independientemente de su estado
Todos los inmigrantes tienen derecho siempre a lo siguiente,
independientemente de su estado: Medicaid de emergencia,
inmunizaciones/tratamiento de enfermedades transmisibles,
desayunos y almuerzos escolares, WIC (programa de asistencia
alimentaria para las mujeres, infantes y niños), y asistencia de

44

Importante: Aceptar pagos de asistencia pública en efectivo
(como SSI y TANF, por sus siglas en inglés) pueden crear problemas
con USCIS que podría impedir su estadía en los Estados Unidos
permanentemente o naturalizarse. El gobierno puede preocuparse
por que se convierta en una “carga pública”, lo que significa que
alguien permanentemente depende del gobierno para sobrevivir.
Esto se aplica a los LPR y podría poner en peligro su posibilidad
de naturalizarse. Compruebe con un abogado o una organización
reconocida por BIA si es elegible.
Como puede ver, es difícil para muchos inmigrantes, incluso aquellos
con tarjetas verdes u otros estado legales, obtener beneficios.
Recuerde que una vez que se haya convertido en ciudadano de
los Estados Unidos, tiene derecho a todos los mismos beneficios

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
•	

que los ciudadanos estadounidenses y las restricciones o tiempos
de espera en función de su estado de inmigración ya no aplican.
Nota sobre donde postular e interpretación
Puede postular para la mayoría de estos beneficios en el Departamento
de Servicios Sociales (una agencia gubernamental) en su ciudad o
pueblo. Todas las agencias que forman parte de los departamentos
de servicios sociales están obligadas por ley a proporcionarle un
intérprete si lo solicita.
PROGRAMAS DE BENEFICIOS PÚBLICOS
¿Puedo postular para el Programa Subvención Paralela?
No, ya que como LPR, no es elegible para los beneficios bajo el
Programa Subvención Paralela.
¿Puedo solicitar asistencia en efectivo para refugiados (RCA)?
No, ya que como LPR, no es elegible para los beneficios de la
Asistencia en efectivo para refugiados (RCA).
¿Puedo postular para el Ingreso de Seguridad Suplementario
(SSI)?
SSI es un programa del gobierno de los Estados Unidos que ofrece
estipendios mensuales a las personas de bajos ingresos que son
ciegos, discapacitados o mayores de 65 años. Si no es ciego,
discapacitado o tiene 65 años o más, no puede recibir el SSI.
Bajo circunstancias muy estrictas, puede ser elegible para recibir
los beneficios del SSI. LPR son elegibles para recibir SSI si cumplen
los demás requisitos del programa:

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•	
•	

Estaban residiendo legalmente en los Estados Unidos el
22 de agosto de 1996 y ahora tienen una discapacidad, o
Estaban recibiendo el SSI el 22 de agosto de 1996, o
Tienen crédito para “40 trimestres calificados de
trabajo”* en los Estados Unidos y han tenido el estado
LPR durante al menos cinco años.

*El “trimestre calificado de trabajo” es un período de tres meses en
el que obtiene los ingresos suficientes para calificar como “trimestre
de Seguridad.” La Administración de la Seguridad Social determina
esta cantidad cada año. La menor cantidad de tiempo en el que
una persona puede ganar los 40 trimestres es de 10 años. Menos
de 10 años podrían ser necesarios, sin embargo, porque las horas
que su cónyuge o sus padres (si usted es menor de edad) trabajan
pueden contar.
Esto significa que, aparte de las excepciones mencionadas, la
mayoría de los LPR tendrán que esperar al menos 10 años para
tener derecho a solicitar el SSI. Sin embargo, si se naturaliza después
de cinco años de ser un LPR, no tendrá que esperar, porque es
elegible para solicitar el SSI como ciudadano de los Estados Unidos.
¿Cómo puedo solicitar el SSI?
Para ver si califica para el SSI y obtener una cita para solicitarlo,
comuníquese con la Administración de la Seguridad Social
al 1-800-772-1213 o visite el sitio web www.ssa.gov. Puede
encontrar su oficina local de la Seguridad Social en línea en www.
socialsecurity.gov/locator. Es posible que necesite los siguientes
documentos:
•	

Número de la Seguridad Social (si no tiene uno, puede
que reciba uno si la Administración de la Seguridad Social

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
•	

•	
•	
•	

•	

decide que es elegible para el SSI)
Una prueba de la edad (consulte el Capítulo 7 de la Guía,
“Estado del caso y prueba del estado”, para ver los
documentos que puede utilizar)
Prueba de la ciudadanía (consulte Capítulo 7 para los
documentos que puede utilizar)
Prueba de sus ingresos (los sueldos si trabaja)
Prueba de recursos (estados de cuentas bancarias, acciones
o declaraciones de impuestos si posee una propiedad,
seguro de vida o incapacidad, títulos o registros de
vehículos)
Prueba de las disposiciones en vida (recibo de alquiler o
arrendamiento de su apartamento, escritura o los impuestos
a la propiedad, recibos o información sobre gastos de la
casa, tales como electricidad, gas y agua)

¿Tiene el estado un programa similar para el que pueda ser elegible?
Algunos estados tienen programas similares al SSI a los que puede
ser elegible incluso si no es elegible para el SSI. Para obtener
una lista de estos programas, consulte la Guía de elegibilidad
del Inmigrante para los Programas Federales de NILC en http://
nilc.org/guideupdate.html y haga clic en la Tabla 9: Programas de
sustitución al SSI financiados por el estado.

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
cupones de alimentos. Sin embargo, es posible que no tenga que
esperar cinco años si cumple alguno de los siguientes criterios:
•	
•	
•	

•	
•	

Menores de 18 años, o
Discapacitado o ciego y recibiendo beneficios o asistencia
por esto, o
Nacido antes del 22 de agosto de 1931 y residiendo
legalmente en los Estados Unidos el 22 de agosto de
1996, o
Un miembro de la tribu Hmong o laosiano que ayudó a
las fuerzas militares de los Estados Unidos en Vietnam, o
Indio americano.

En una situación de crisis, puede obtener cupones de comida
de emergencia rápidamente. Esto se conoce como “cupones de
alimentos acelerados.” Un ejemplo de una crisis es quedarse sin
hogar y sin alimentos o ingresos bajos con muchos hijos.
¿Cómo puedo solicitar el SNAP?
Cada estado tiene su propia solicitud, por lo que necesita ponerse
en contacto con la oficina local de Cupones de alimentos o la oficina
de servicio social para solicitar uno. Para encontrar su oficina local
de Cupones de alimentos llame al 1-800-221-5689 o visite el sitio
web de www.fns.usda.gov/snap/.

¿Puedo postular para el Programa de Cupones de Alimentos
(SNAP)?
SNAP, o cupones de alimentos, ofrece vales o cupones para personas
de bajos ingresos (las personas que no ganan un montón de dinero)
que se pueden usar para comprar alimentos.

¿Puedo solicitar Asistencia Temporal para Familias Necesitadas
(TANF)?
TANF provee asistencia en efectivo para familias de bajos ingresos
y con niños que se encuentran en los Estados Unidos

Como un LPR, debe haber permanecido en este estado durante
cinco años, O tener 40 trimestres calificados de trabajo para recibir

Si es un LPR, debe haber permanecido en ese estado durante cinco
años antes de ser elegible para los beneficios de TANF. Sin embargo,

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

los veteranos inmigrantes calificados, los miembros militares en
servicio activo y esposas o hijos de militares, son inmediatamente
elegibles, siempre que cumplan los demás requisitos del programa.
Dado que un niño nacido en los Estados Unidos es automáticamente
un ciudadano de los Estados Unidos, los padres inmigrantes de un
ciudadano de los Estados Unidos también pueden postular para
obtener estos beneficios para su hijo, incluso si ellos mismos no
son elegibles.

¿Hay requisitos que deba cumplir para continuar recibiendo TANF?
TANF tiene un requisito de actividad de participación en el trabajo.
Este programa tiene reglas diferentes en cada estado o área local.
Asegúrese de averiguar las normas en su estado y lo que debe hacer
o sus beneficios serán suspendidos debido al “incumplimiento”
(no seguir las reglas).

Importante: TANF es el término federal para el programa, pero
debido a que es manejado por el estado, es probable que tenga un
nombre diferente en su estado. Compruebe el nombre correcto con
el trabajador de elegibilidad de la agencia estatal o su trabajador
del caso de refugiados. Es muy importante que consulte con su
estado, incluso si no piensa que es elegible, porque las normas de
su estado pueden ser diferentes y podría ser elegible. Compruebe
la guía de NILC para el programa de su estado y la elegibilidad en
http://nilc.org/guide_tanf.html.
¿Cómo puedo solicitar el TANF?
Póngase en contacto con su oficina de servicios sociales estatales
para obtener más información. También puede obtener más
información acerca del programa TANF si llama al 202-401-5139
o visita el sitio web www.acf.hhs.gov/programs/ofa/.
¿Por cuánto tiempo puedo recibir TANF?
Puede recibirlo hasta un máximo de cinco años después de que sea
elegible, o hasta que su ingreso supere el límite de ingresos. Será
también terminado antes de que expire el plazo límite si sus hijos
ya no son menores de edad, o si no responde a las solicitudes a fin
de suministrar información actualizada sobre sus ingresos y activos.

Si cree que sus beneficios se detuvieron por error, tiene el derecho
de apelar. El proceso de apelación se debe explicar en un idioma
que pueda entender.
¿Puedo solicitar el CHIP (Programa de Seguro de Salud para
Niños)?
CHIP provee cobertura de salud gratuita o de bajo costo a niños
hasta los 19 años de edad. Algunos estados ofrecen más cobertura
que otros, pero CHIP está disponible en todos los estados.
Si es un LPR, debe haber permanecido en ese estado durante cinco
años antes de ser elegible para los beneficios de CHIP. Sin embargo,
los veteranos inmigrantes calificados, los miembros militares en servicio
activo y esposas o hijos de militares, son inmediatamente elegibles,
siempre que cumplan los demás requisitos del programa. Además,
es muy importante que consulte con su estado, incluso si piensa que
no es elegible, ya que las reglas pueden ser diferentes en su estado.
Importante: Dado que un niño nacido en los Estados Unidos es
automáticamente un ciudadano de los Estados Unidos, los padres
inmigrantes de un ciudadano de los Estados Unidos también
pueden postular para obtener CHIP para su hijo, incluso si ellos
mismos no son elegibles.
Para obtener más información sobre CHIP, puede llamar al

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

1-877-KIDS-NOW (1-877 -543-7669), o visite http://insurekidsnow.
gov/state/index.html y haga clic en su estado. Cada estado puede
tener requisitos ligeramente diferentes.

Asistencia sanitaria
Medicaid cubre el parto de emergencia sin importar el estado de
inmigración, siempre y cuando la madre cumpla con los requisitos
de bajos ingresos.

Programas adicionales para las familias
Siempre será elegible para los siguientes servicios,
independientemente de su estado.
Mujeres, Bebés y Niños (WIC)
WIC es un programa nacional que proporciona vales o cupones de
alimentos, atención médica referida y educación sobre nutrición
para mujeres embarazadas de bajos ingresos, madres hasta un año
después de haber tenido un hijo y niños menores de cinco años.
Llame al 1-800-WIC-WINS (1-800 -942-9467) o visite el sitio web
de www.fns.usda.gov/wic/ para encontrar la oficina más cercana.
Early Head Start (buen comienzo temprano) y Head Start (buen
comienzo)
Early Head Start y Head Start son los programas de cuidado infantil
que se centran en la educación, la salud y el desarrollo social. Para
obtener más información, comuníquese con su escuela local o el
Head Start Bureau en línea en www.acf.hhs.gov/programs/ohs o al
teléfono 1-202 -205-8572.
Programas de Comidas
Los programas de desayuno y almuerzo gratis se ofrecen en algunas
escuelas para sus alumnos. Estos programas pueden servir a los
niños durante todo el año. Póngase en contacto con su escuela
pública local para obtener más información o pregunte sobre este
tema cuando inscriba a sus hijos en la escuela.

Programas adicionales
Su estado puede ofrecer programas adicionales. Póngase en
contacto con su oficina local de servicios sociales.

¿Tengo acceso a la asistencia sanitaria?
Los residentes permanentes legales tienen acceso a algunas formas
de asistencia sanitaria, pero no a tantas como los ciudadanos de los
Estados Unidos. Tendrá acceso a atención médica de emergencia,
puede tener acceso limitado a Medicare y Medicaid (depende de
varios factores), y es elegible para nuevas opciones bajo el Acto
de cuidado asequible. Estas opciones de asistencia sanitaria, como
se aplican a los LPR, se explican brevemente a continuación. Para
obtener más información, consulte el Capítulo 19, “Cómo acceder
a la asistencia sanitaria”, en la Guía.
Atención Médica de Emergencia
Todas las personas, independientemente de su estado de
inmigración, son elegibles para recibir
•	

•	
•	

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Asistencia médica estatal financiada por el gobierno
federal para la atención de emergencia, que incluye
Medicaid de emergencia, atención en la sala de
urgencias trabajo de parto y alumbramiento
Asistencia como contribución en especie por desastres,
a corto plazo, que no sea en efectivo
Asistencia a la salud pública por las inmunizaciones

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

•	

y pruebas de detección y el tratamiento de las
enfermedades transmisibles
Asistencia que proporciona servicios en especie a la
comunidad (donaciones), que no hace que la donación
dependa de sus ingresos o recursos, y es necesaria
para su protección y seguridad (como comedores de
beneficencia, refugios por corto plazo y consejería de
crisis o intervención)

Si tiene una emergencia que pone en peligro su vida, incluyendo
peligros que ponen en riesgo su integridad física, delincuencia,
incendio, o emergencias médicas, llame al 911 desde cualquier
teléfono para acceder a los servicios de emergencia.
¿Puedo acceder a la asistencia médica para los refugiados (RMA)?
No, ya que como LPR, no es elegible para los beneficios de la
Asistencia médica para los refugiados (RMA).
¿Puedo acceder a Medicaid?
Medicaid es un programa que ayuda a pagar los costos de atención
sanitaria si tiene bajos ingresos (si no gana un montón de dinero)
y están en edad de trabajar.
Si es un LPR, debe haber permanecido en ese estado durante cinco
años antes de ser elegible para los beneficios de Medicaid. Sin
embargo, si es un LPR menor de 21 años, o una mujer embarazada
de cualquier edad, puede ser elegible para recibir los beneficios
de Medicaid inmediatamente.

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
legales en los Estados Unidos. (ambas de las cuales se aplican a los
LPR) sin un periodo de espera. En algunos estados se ofrece asistencia
médica a otros grupos de inmigrantes que no son elegibles para
Medicaid federal, utilizando sus propios fondos. Además, es muy
importante que consulte con su estado, incluso si piensa que no
es elegible, ya que las reglas pueden ser diferentes en su estado.
¿Durante cuánto tiempo puedo utilizar Medicaid?
Puede ser elegible para Medicaid para usarlo hasta siete años
después de su llegada o que sea aprobado de acuerdo con su
estado calificativo o hasta que su ingreso supere el límite de
ingresos. Sin embargo, tenga en cuenta que si se naturaliza (se
convierte en un ciudadano de los Estados Unidos) estos límites de
tiempo relacionados con la inmigración ya no se aplicarán.
¿Cómo puedo solicitar Medicaid?
Vaya a su oficina local de servicios sociales para solicitar Medicaid.
El nombre de esta oficina es diferente en cada estado.
¿Puedo acceder a Medicare?
Medicare es un programa de seguro de salud para personas de
65 años o más o que tengan ciertas discapacidades. Si cumple
con cualquiera de estos criterios, puede calificar para la Parte A
“Premium gratis”, que cubre los gastos de hospitalización mientras
está en el hospital. La Parte A de Medicare está disponible para
algunos estados, pero las reglas son muy complejas y dependen de
cuánta experiencia de trabajo en los Estados Unidos tenga, entre
otros criterios. Pregunte a su proveedor de servicios sociales del
estado o director de caso para obtener ayuda.

Nota: Aproximadamente la mitad de los estados utilizan su propio
dinero para prestar asistencia médica de Medicaid a los niños y/o las
mujeres embarazadas que son inmigrantes calificados o residentes

La Parte B, “Comprar” Medicare, que cubre los servicios de medicina
ambulatoria y hospitalaria, tiene criterios similares. Los LPR son

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

elegibles para la Parte B después de permanecer en el estado de
LPR por cinco años.

www.healthcare.gov, o llamando al 1-800-318-2596. También puede
enviar una solicitud en papel por correo a:

Si tiene bajos recursos, el estado puede ayudarlo a pagar la Parte
A y/o Parte B de Medicare. Para obtener más información, visite
el sitio web www.segurosocial.gov/espanol o llame a la Seguridad
Social al 1-800 -772-1213. También se puede realizar una cita con
su oficina local de la Seguridad Social. Visite www.socialsecurity.
gov/locator. Para obtener más información sobre Medicare, visite
el sitio web de Medicare www.medicare.gov.

Health Insurance Marketplace
Department of Health and Human Services
465 Industrial Blvd.
London, KY 40750

¿Soy elegible para nuevas opciones de Seguros de Protección
del paciente y la Ley de Atención asequible (ACA)?
La Ley de atención asequible (ACA), también conocida como
“Obamacare”, mejora el acceso a los servicios de salud para muchos
inmigrantes. Entre otras cosas, la ACA ha creado nuevos seguros de
salud “Mercados” o “intercambio.” Estos intercambios ofrecen una
nueva forma de encontrar seguro de salud que se adapte a su salud
y necesidades presupuestarias. Los planes de intercambios son de
propiedad de las compañías de seguros privadas y puede comparar
los planes uno a uno. No lo pueden rechazar por enfermedades o
condiciones médicas que ya tiene.
Como un LPR, es elegible para las nuevas opciones en el Mercado.
También es elegible para solicitar créditos de impuesto para pagar
los planes adquiridos dentro de los intercambios. Algunas adultas
no embarazadas, incluyendo algunos inmigrantes, tendrán derecho
a su programa estatal de Medicaid.

La aplicación para el seguro Mercado aparece ahora en más de
30 idiomas en http://marketplace.cms.gov/applications-and-forms/
individuals-and-families-forms.html.
Su estado puede ejecutar su propio Mercado, o puede usar el
Mercado Federal. Puede obtener más información acerca del
sistema de su estado y la oportunidad de postular en su estado en
www.healthcare.gov/what-is-the-marketplace-in-my-state.
Es recomendable que tenga a alguien que le ayude a revisar los
planes disponibles para usted, decidir qué plan se adapta mejor a
sus necesidades particulares y postular. Puede encontrar ayuda de
un “Navegador” del Mercado, o alguien cuyo trabajo es ayudarlo
a entender el Mercado, en línea en https://localhelp.healthcare.gov
y completando su lugar de residencia.
Con el fin de conocer más sobre la Ley de asistencia asequible,
cómo inscribirse y lo que significa para usted y su familia, consulte
www.healthcare.gov/immigration-status-and-the-marketplace/.

Cómo postular
Tendrá que llenar una solicitud única para el Mercado y hay muchos
recursos disponibles para ayudarlo. Puede acceder al Mercado en

Sugerencias adicionales
Un “Kit de herramientas para la vida sana”, que incluye información
sobre la asistencia médica, la higiene y la salud física y mental, se
puede encontrar en www.refugees.org/resources/for-refugees--

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RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

immigrants/health/. Además, la ORR (Oficina de Reasentamiento
de Refugiados) tiene recursos útiles en la asistencia médica a los
inmigrantes en www.acf.hhs.gov/programs/orr/health.

información sobre los proveedores de servicios en todo el país.
Puede utilizar el localizador de proveedores en línea de SAMHSA
en http://store.samhsa.gov/mhlocator o puede llamar al 1-877-7264727 (1-877-SAMHSA7).

Los centros de salud aprobados federalmente proporcionan atención
médica a las personas, independientemente de su estado de
inmigración y a menudo trabajan en una escala móvil. Esto significa
que paga solo lo que puede, en base a sus ingresos. Vaya a www.
bphc.hrsa.gov y escriba su código postal en la casilla “encontrar un
centro de salud” para buscar un centro de salud cercano a usted.
El cuidado dental es el cuidado de sus dientes. Es importante
hacer chequeos dentales con regularidad dos veces al año y llamar
al dentista si tiene dolor de muela, ya que los problemas con los
dientes pueden causar muchos otros problemas de salud peligrosos,
que incluyen la cardiopatía. A menudo las escuelas donde los
estudiantes estudian para ser dentistas ofrecen un precio asequible o
incluso trabajo dental gratis. Busque en la guía telefónica o en línea
el listado de las universidades y colegios de la región que tengan
escuelas de odontología o clínicas dentales gratis o de bajo costo.
Si se encontraba en detención de inmigrantes y ve a un médico
durante su detención, es importante que tome su historial médico
de detención. Consulte el Capítulo 6, “Cómo hacer para obtener su
propiedad personal después de que ha sido liberado”, en la Guía.

A veces las personas están tan deprimidas, que consideran suicidarse.
Si usted o alguien que usted conoce tiene tendencias suicidas, debe
llamar a la Línea Nacional de Prevención del Suicidio inmediatamente
al 1-800-SUICIDE (1-800 -784-2433) o 1-888-SUICIDE (1-888 -7842433). Para español, marque 1-877-SUICIDA (1-877 -784-2432).
Consulte el Capítulo 23, “Cómo obtener apoyo emocional”, en la
Guía para obtener más información.

¿Tengo acceso a una vivienda asequible?
Los LPR son elegibles para muchos programas de vivienda pública
en los Estados Unidos. Para obtener más información sobre los
programas de vivienda en los Estados Unidos, consulte el Capítulo
20, “Cómo Acceder a una Vivienda”, en la Guía. Algunos recursos
adicionales se enumeran a continuación:
Si está sin hogar y necesita refugio, consulte www.
homelessshelterdirectory.org/ para una lista de refugios para
personas sin hogar en su estado.

Importante: La salud emocional y mental se considera tan importante
como la salud física en los Estados Unidos. Si se siente deprimido,
ansioso, con temor, o abrumado, es importante que busque ayuda
de un terapeuta, trabajador social o de otro proveedor de servicios
de salud mental. La Administración de Servicio de Salud Mental y
Abuso de Sustancias (SAMHSA, por sus siglas en inglés) proporciona

Si usted o sus hijos son víctimas de los abusos cometidos por
su pareja o cónyuge y tiene miedo de permanecer en su casa,
llame a la Línea Nacional de Violencia Doméstica al 1-800-7997233 o 1-800-787-3224 o visite el sitio web www.thehotline.org.

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Si tiene bajos ingresos, es mayor o tiene una discapacidad, usted

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES

puede ser elegible para la vivienda pública. Para participar, debe
colocar los criterios de elegibilidad, pagar una parte de la renta
dependiendo de sus ingresos y vivir en un proyecto de viviendas
públicas. Para obtener más información, visite http://portal.
hud.gov/hudportal/HUD?src=/topics/rental_assistance/phprog.
También puede ser elegible para subsidios de vivienda a través
del Programa de Vales de Elección de Vivienda, que ofrece más
posibilidades de elección en materia de vivienda, pero es necesario
que encuentre una vivienda donde el propietario esté de acuerdo
en participar. Para obtener más información, visite http://portal.hud.
gov/hudportal/HUD?src=/program_offices/public_indian_housing/
programs/hcv/about.

federal que se ocupa de los niños y los prepara para la escuela.
Los criterios de selección se basan en la necesidad económica.
Para obtener más información, consulte http://eclkc.ohs.acf.hhs.
gov/hslc/hs/about.

¿Puedo acceder al cuidado infantil y a la educación?
Como un LPR, hay muchas oportunidades en los Estados Unidos
para usted y sus hijos para obtener educación. A continuación se
presentan una serie de importantes puntos específicos de estado,
pero consulte el Capítulo 21, “Cómo acceder al cuidado infantil y
a la educación”, en la Guía para obtener más información.
Importante: En los Estados Unidos, dejar a sus hijos solos en casa
es a menudo considerado como una “negligencia”, una forma
de maltrato infantil. Si deja a su niño en casa solo, el gobierno
estatal puede llevar a su niño y alejarlo de usted. Verifique con
la agencia de bienestar del niño de su estado para aprender los
requisitos de edad en su estado: www.childwelfare.gov/pubs/reslist/
rl_dsp_website.cfm?rs_ID=16&rate_chno=AZ-0004E.

Educación primaria y secundaria para los niños de edades
comprendidas entre 5-18
En los Estados Unidos, todos los niños, independientemente de
su estado de inmigración, tienen derecho a una educación pública
gratuita en un jardín de niños hasta el grado 12. Si es el padre o
tutor de un niño menor de 18 años de edad, debe por ley enviarlo
a la escuela. Algunos estados requieren asistencia a la escuela solo
hasta los 16 años. Visite la página web de la Junta de Educación
de su estado para obtener más información.
Opciones de Educación para Adultos
Si tiene 16 años o más y no han terminado la escuela secundaria,
puede inscribirse en las clases de Educación Secundaria para
Adultos (ASE). Estas clases lo preparan para obtener el certificado
GED (Desarrollo de Educación General). El certificado GED es
una alternativa al diploma de la escuela secundaria. Para obtener
más información acerca del examen, o para localizar un centro de
pruebas, visite www.gedtestingservice.com/ged-testing-service.
Para obtener información sobre oportunidades de educación
superior como el colegio o la universidad, así como el proceso de
inscripción, visite www.collegeboard.org/.

Head Start: cuidado infantil para niños menores de cinco años
En el caso en que la familia o amigos no estén disponibles para el
cuidado de sus hijos mientras trabaja, Head Start es un programa

Como un LPR, es elegible para la ayuda financiera a estudiantes
de los Departamento de Educación de los Estados Unidos. La
ayuda financiera incluye programas que combinan el estudio y
el trabajo, la asignación Pell y ciertos préstamos otorgados por

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61

RESIDENTES PERMANENTES LEGALES
el gobierno, tales como los préstamos Stafford y Perkins. Para
obtener más información, visite www.studentaid.ed.gov. o www.
fafsa.ed.gov. También puede visitar el Departamento de Educación
de los Estados Unidos en www.ed.gov o llamar al 1-800-USA-LEARN
(1-800 -872-5327), y llamar al Centro de Información sobre Ayuda
Federal para Estudiantes al 1-800 -433-3243.

RECONOCIMIENTOS
Si tiene alguna pregunta, duda o comentarios acerca de este
suplemento, o acerca de la Guía de Primeros Pasos, comuníquese
con la Red de Apoyo Jurídico de los Sobrevivientes de Tortura
Detenidos en el Servicio de Refugiados e Inmigración Luterana
en firststeps@lirs.org.

E

ste suplemento de Primeros Pasos ha sido traído a usted
por la Red de Apoyo Jurídico de los Sobrevivientes de
Tortura Detenidos, un programa de la Unidad de acceso a la
justicia de LIRS. La co-autora de este suplemento es Angela Edman,
Abogada del programa Acceso a la Justicia (ATJ) de LIRS y Sarah
Vail, Asistente de administración de programas y protección LIRS.
LIRS alienta la impresión y distribución de este suplemento. La
información en este manual puede reproducirse con la siguiente
nota: Reimpreso con el permiso de la red de Soporte Legal de los
Detenidos Sobrevivientes a la Tortura, un programa del Servicio
Luterano de Inmigración y Refugiados.
Impreso en 2014

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